[Actualizado: 21/12/2020 14:00h]
Niveles de alerta sanitaria y medidas en Andalucía
Se ha aprobado un sistema de niveles de alerta sanitaria por parte de la Junta de Andalucía como medida preventiva (funciona de forma similar a la desescalada) y cada uno de ellos lleva aparejado una serie de medidas de obligado cumplimiento que afecta a toda la población, tanto a particulares como empresas.
La Junta de Andalucía ha puesto en funcionamiento una página web MAPACOVID.ES donde puedes consultar en cada momento el nivel de alerta sanitaria y las medidas correspondientes.
Esta nueva norma se ha publicado en el BOJA extraordinario de 30 de octubre, se trata de la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19. que ha sido desarrollada y complementada por un Decreto y dos Órdenes que puedes consultar en la entrada de nuestro blog «nuevas medidas en Andalucía 10/11/2020»
A continuación te mostramos las zonas afectadas por cada nivel de alerta sanitaria en vigor desde las 00 horas del 12/12/2020 (medianoche del viernes hasta el 10 de enero), así como cuadros resúmenes de las restricciones y medidas aplicables correspondientes a cada nivel (en los que se permanecerá 14 días naturales). Al final de esta entrada encontrarás la normativa que determina los plazos y niveles de alerta mediante enlaces al BOJA correspondiente.
FASE 2 NAVIDAD (18 DICIEMBRE 2020 A 10 ENERO 2021)
MEDIDAS EXCEPCIONALES NAVIDAD 2020
Desde el viernes 18/12/2020 y hasta el 10 de enero:
- Se permitirá la movilidad entre provincias.
- La hostelería podrá abrir en un horario especial partido: cerrando a las 18.00 horas y volviendo a abrir de 20:00 a 22.30 horas.
- El resto de comercios podrán abrir en su horario habitual.
- El toque de queda se modifica y se establece entre las 23 horas y las 6 de la mañana.
Del 23 de diciembre al 6 de enero
- Se permitirá la entrada y salida de Andalucía para agrupación familiar. (ojo, solo familiares, no allegados)
- Se podrán agrupar un máximo de 10 personas en domicilio familiar los días 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero. Resto de días: 6 personas.
- Se recomienda no superar los dos grupos de convivencia.
- El toque de queda en Nochebuena y Nochevieja se retrasa a la 01:30h.
Medida adicional, desde el día 18 de diciembre se abrirá al público la estación de esquí de Sierra Nevada, con el aforo, horarios y protocolos establecidos para estaciones de esquí y montaña para la COVID-19.
Personas mayores que viven en residencias, se permitirá su salida del 22 de diciembre al 7 de enero, incluido, con los siguientes requisitos:
- La dirección del centro debe acreditar que la persona se encuentra estable y sin síntomas en los últimos 14 días y con un test negativo en las 72 horas previas a la salida o un test serológico positivo, es decir, que esté inmunizado.
- La duración de la estancia en el domicilio familiar debe ser prolongada, al menos 5 días, y estar en vigilancia activa de síntomas en todo momento.
- La estancia debe restringirse a un único domicilio familiar.
- Para regresar al centro deberá tener un test negativo con un máximo de 48 horas de antelación.
Medidas aplicables al nivel 2 de alerta sanitaria
Medidas aplicables al nivel 3 de alerta sanitaria
Medidas aplicables al nivel 4 de alerta sanitaria
Normativa
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