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Pensiones

Tramitación de pensiones en Málaga

 

En muchas ocasiones la pensión que se va a tramitar será la principal fuente de ingresos futuros del solicitante, por ese motivo,  y en base a nuestra experiencia le aconsejamos que contrate los servicios de un profesional que le asesore antes, durante y tras la obtención de la prestación de que se trate. Gestionar una pensión es mucho más que presentar una solicitud ante el organismo que corresponda ¿Por qué? Se estará preguntando, se lo explicamos:

 

Antes de presentar la solicitud:

Para comprobar las distintas opciones teniendo en cuenta la normativa en vigor, tenga en cuenta, a modo de ejemplo, que la pensión de jubilación se calcula de forma diferente cada año y la Ley entrará completamente en vigor en el año 2027. También es necesario comprobar previamente los períodos cotizados, bases de cotización y circunstancias personales que puedan tener una repercusión posterior en la pensión reconocida.

 

Durante la tramitación:

Para evitar demoras innecesarias en el reconocimiento de la pensión, se debe cumplimentar correctamente la solicitud, así como aportar toda la documentación evitando requerimientos de subsanación innecesarios o que se omitan datos importantes.

 

Tras la resolución de la solicitud:

Hay que revisar la resolución para comprobar que los cálculos realizados son correctos y se han tenido en cuenta los distintos elementos que determinan la cuantía de la prestación.

 

 

¿Qué pensiones gestionamos?

Básicamente, todas las del Sistema de Sistema de Seguridad Social, tanto en vía administrativa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social como en vía judicial ante Juzgados y Tribunales cuando sea necesario, en defensa de sus derechos. Entre otras

  • Jubilación: en sus diferentes modalidades: ordinaria, anticipada, especial, por convenio bilaterales o reglamentos comunitarios.
  • Incapacidad / invalidez permanente: derivadas de cualquier contingencia (enfermedad o accidente) y en sus diferentes grados: incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, así como las lesiones permanentes no invalidantes.
  • Expedientes de revisión de grado de invalidez: tanto iniciados por el interesado como los iniciados de oficio por la Administración, normalmente rebajando el grado reconocido inicialmente.
  • Viudedad:
  • Orfandad:
  • Maternidad / Paternidad:
  • Incapacidad Temporal:
  • Pensiones no contributivas de la Junta de Andalucía: Tanto en la modalidad de jubilación como en la de invalidez..
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