Incremento «encubierto» de las cotizaciones a la Seguridad Social
Así es, lejos de establecer un sistema real de ayudas a las empresas que es posible articular de múltiples formas, nos encontramos con un incremento sustancial de cotizaciones a la Seguridad Social.
Este, se ha llevado a cabo de forma solapada y sin anuncio previo en los medios de comunicación.
La pregunta es ¿cómo?
Bien sencillo. Se ha modificado el art. 109 de la Ley General de la Seguridad Social para incluir en la base de cotización, conceptos y/o cuantías que hasta ahora estaban exentos parcial o totalmente.
Para ello se ha utilizado la disposición adicional tercera del Real Decreto Ley 16/2013, que recordemos, ha entrado en vigor con fecha 22 de diciembre.
Para complicar aún más el asunto, la modificación ha entrado en vigor el 22 de diciembre, sin instrucciones a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), sin posibilidad de adaptar las aplicaciones de nóminas antes de su fecha de efectos y cuando las nóminas del mes ya están confeccionadas, realmente una chapuza legislativa (sin entrar en el perjuicio para las empresas derivado del incremento de costes).
Ante esta situación la Tesorería General de la Seguridad Social ha emitido un boletín del Sistema RED informando que las diferencias de cotización resultantes de las nóminas de diciembre (del 22 al 31) y enero (en su caso) se podrán abonar en liquidación complementaria aparte, sin recargo, hasta el 31 de marzo de 2014 (puede consultar el boletín en el siguiente enlace, donde además encontrará un cuadro comparativo de los conceptos incluidos en la base de cotización, antes y después de la norma indicada).
Los conceptos afectados son varios, pero consideramos que el de más repercusión por estar recogido en la mayor parte de los convenios colectivos es el plus de distancia y transporte (que hasta el 21.12.2013 sólo cotizaba en la cuantía que excediera del 20% del IPREM) y con la regulación actual pasa a cotizar en su totalidad.
A modo de ejemplo práctico, claro y prescindiendo de tecnicismos: una nómina con una base de cotización de 1.000 euros con un plus de transporte de 100 euros mensuales, incrementará los costes para la empresa en aproximadamente 35 euros mensuales, es decir, el incremento de cotizaciones girará sobre el 10% y a su vez el trabajador verá reducido el líquido de su nómina ya que el importe bruto es el mismo pero tendrá que aportar a la Seguridad Social su parte de cotizaciones.
Artículo elaborado por Luis Manuel Ortiz Tello. Abogado y Graduado Social.