Obligaciones empresariales en materia de igualdad: Registro retributivo y Protocolo de acoso (empresas de menos de 50 trabajadores)
Como ya publicamos en nuestro blog especializado en cuestiones laborales graduadosociales.es (al que te invitamos a suscribirte), el pasado 14 de abril de 2021 entró en vigor la obligación de realizar el registro retributivo para todas las empresas con independencia de su tamaño.
Sin embargo, al día de la fecha y casi un año después, se observa un bajo nivel de cumplimiento por parte de las pequeñas empresas, en unos casos por desconocimiento, y en otros, porque estos dos últimos años han sido muy complicados y no se han podido detener para informarse sobre el tema.
En los últimos tiempos, desde la política, especialmente desde el Gobierno central, se está poniendo el foco en las políticas de igualdad y dentro de ellas, en el ámbito laboral.
Por este motivo hemos considerado necesario, recordar dos obligaciones empresariales en materia de igualdad que al día de hoy están plenamente vigentes y que, según hemos tenido conocimiento por algunos medios de comunicación, están empezando a cobrar relevancia en cuanto a la exigencia de su cumplimiento.
¿A qué obligaciones nos referimos?
A dos concretamente:
- El registro retributivo al que hemos hecho referencia en los párrafos anteriores
- El protocolo de acoso.
Este último, si bien tiene su base normativa en el año 2007 con la aprobación de la Ley de Igualdad, al día de la fecha, está cobrando mucha importancia y si no lo has hecho, ya es el momento de implementar en tu empresa el protocolo de acoso.
En el título verás que hemos indicado: «para empresas de menos de 50 trabajadores» ¿por qué? porque las de 50 o más trabajadores tienes obligaciones adicionales y sus fechas de implementación también son distintas. En el caso del registro retributivo, además tienen la obligación de la auditoría salarial y en el caso del protocolo de acoso, forma parte de una serie de obligaciones de mayor calado que se contienen en su plan de igualdad.
Volvamos a las empresas de menos de 50 personas trabajadoras
¿En qué consiste?
Para simplificar la explicación y que no tengas que dedicar mucho tiempo, hemos preparado una presentación sobre el registro retributivo y el protocolo de acoso donde damos respuesta a las cuestiones básicas sobre ambas obligaciones para que puedas estar informado.