Pagos en efectivo limitados a 1.000 euros
Los pagos cuyo importe sea igual o superior a 1.000 euros siempre que intervenga un profesional NO se pueden realizar en efectivo a partir del 11 de julio de 2021
Ejemplo: Si tengo pendiente de pago una factura de mayo 2021 de importe igual o superior a 1.000 euros, NO la puedo pagar en efectivo.
Así lo recoge el artículo decimoctavo de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, publicada en el BOE el pasado sábado 10 de julio de 2021.
Recordemos que antes de esta modificación, el límite para los pagos en efectivo en los que interviniera un profesional era de 2.500 euros.
Algunos aspectos importantes de la limitación de pagos en efectivo.
Esta limitación se aplica cuando al menos una de las partes de la operación actúe como empresario o profesional. Si ambas partes intervienen como particulares NO se aplica esta limitación.
Se aplica a cualquier tipo de pago: facturas, nóminas….
ADVERTENCIA: Si un empleado percibe una nómina mensual de 1.400 euros y solicita un anticipo de 300 euros, NO puedo abonarlo en efectivo, ya que el total de la operación (importe de la nómina en este caso) es superior a 1.000 euros.
Se considera efectivo el dinero metálico y en cheques y otro medio al portador.
El límite opera en cada operación (IVA incluido) por lo que a partir de 1.000 euros no se puede realizar pagos en efectivo, ni siquiera parciales.
Por ejemplo: Si la factura es de 2.000 euros IVA incluido, no puedo hacer 4 pagos de 500 euros en efectivo. La operación, al ser en este caso superior a 1.000 euros no permite ningún pago en efectivo.
Si el destinatario de la operación (cliente) es particular no residente en España el límite por operación en efectivo se aplica a partir de los diez mil euros (10.000 €).
Se deben conservar los justificantes de las operaciones durante 5 años y aportarlos a la Agencia Tributaria durante este periodo si nos lo requiere.
En caso de incumplimiento se prevé una sanción solidaria para el comprador y el vendedor del 25% de la cantidad de la operación que se haya pagado en efectivo de forma indebida. Con la posibilidad de una reducción del 50% del importe de la misma si una vez recibida la propuesta de resolución y ante de la resolución definitiva se realiza el pago de forma voluntaria.
Si la nómina tienes un salario bruto de más de 1000€, pero el meto es inferior a 1.000€. ¿ se puede pagar en efectivo?
Hola David, la norma habla de pagos (no de bases o brutos), por lo que consideramos que si el neto a percibir es inferior a 1.000 euros se podría pagar en efectivo
Se puede pagar en cheque una nomina superior de 1000€…?
Hola Vanessa, si el cheque es al portador, no se podría pagar ya que tiene la consideración de efectivo.
Si pago más de mil euros por ejemplo 1050 que sanción hay para la empresa
Hola Francisco, la base de la sanción sería el importe de la operación pagado en efectivo. En el supuesto que planteas, si el pago en efectivo ha sido por el total (1.050 euros), la sanción es del 25% sobre la base, siguiendo con tu ejemplo, el 25% sobre 1.050 euros ascendería a 262,50 euros.
En el caso de que una vez recibida la propuesta de resolución y ante de la resolución definitiva se realices el pago de forma voluntaria, la sanción se reduciría en un 50%, por lo que el importe final quedaría en 131,25 euros.
Saludos
Tengo la duda de si el pago es de justo de 1000€ exactos, se puede hacer en efectivo?
He leído una cosa y la contraria y no lo tengo claro
Hola José, no, si el importe es de 1.000 euros exactos, no se puede pagar en efectivo. La norma así lo establece expresamente (artículo décimoctavo): «No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros«. En el post tienes un enlace a la ley para que puedas comprobar la redacción literal del artículo. Saludos
Se realiza un presupuesto inicial de 900 euros. El cliente hace un anticipo de 500 euros en efectivo pero finalmente la factura es superior dado que ha habido que añadir mas arreglos. El coste final es de 1.650,00 euros». ¿Que ocurriría en este caso?
Hola Ángel, si ya ha pagado un anticipo en efectivo, la única opción una vez conocido que el importe final de la factura es superior a 1.000 euros, sería abonar el importe restante mediante transferencia o cheque nominativo. Además, mi recomendación sería que conservase el presupuesto inicial firmado por el proveedor, por si fuese necesario acreditar el motivo por el que su hizo el pago a cuenta en efectivo. Saludos
Si tengo que pagar 3990€.
¿Podría pagar en efectivo 990€ y 3000€ por transferencia o financiado?
Hola Fran, la limitación del pago en efectivo se establece por el total de la operación y no por los plazos de pago pactados aunque sean inferiores a 1.000 euros. Es decir se deberá pagar en su totalidad por transferencia o financiado (según planteas). Saludos
Buen día si necesito pagar a una clínica de reproducción 9000 e y me permiten pagar parcialmente durante tres meses, puedo pagar algunos pagos en efectivo así sea de 990
Hola Ana, no puede hacer pagos en efectivo. Se tiene en cuenta el total de la operación (9.000 en el caso consultado) y no, los plazos en que se abona (aunque sean inferiores a 1.000 euros). Saludos
Hola , si mi nomina es por ejemplo: 1200 euros y la cobro por medio de un cheque nominativo ( no al portador)…. se podría? ya que se identifica en el banco la persona que recibe el dinero. Es asi?
Hola Iván, correcto, el cheque nominativo sería válido en la medida en que sólo puede cobrarlo la persona a cuyo nombre se ha emitido el cheque. Saludos