El nuevo sistema de IVA te puede afectar
Recientemente nos hemos encontrado con la posibilidad de no tener que ingresar el IVA en hacienda hasta que no lo hayamos cobrado.
Y en sentido contrario, con no poder deducirnos un IVA que aún no hayamos pagado. Para ello la empresa debe acogerse al nuevo sistema de iva denominado «criterio de caja» .
Se habrá de hacer durante el mes de Diciembre, pero ¿qué ocurre si un cliente o un proveedor tuyo se acoge a este nuevo sistema de iva sin que tú lo estés?
Pues en este caso, para esas operaciones, deberás cumplir las mismas formalidades que si estuvieras acogido al régimen. Es decir:
1.- deberás llevar una contabilidad doble que refleje por un lado la fecha de emisión / recepción de la factura y por otro el momento del cobro / pago
2.- No podrás deducirte el IVA de esa factura hasta que no lo hayas pagado.
3.- deberás tener en cuenta la fecha límite del 31/12 del siguiente año.
Alicia Luna es economista en Asesoría Neo
alicia@asesorianeo.com