Vivienda habitual en renta
Ya el 2012 finalizaba con la noticia de que aquellos que no comprasen la que iba a ser su vivienda habitual antes de que finalizase el año, no tendrían derecho a deducirse los pagos en la declaración de la renta…
¿Qué ocurriría a partir del 01/01/13? es decir, ¿quién va a poder beneficiarse en la renta que se presenta en Mayo del 2014?
Pues lo primero y básico es que la vivienda se haya adquirido antes del 01/01/13 y lo segundo que ya estuvieses deduciéndote por ello.
Es decir, con casos prácticos:
EJEMPLO 1: Tengo una casa en la que no he vivido de forma habitual porque ha sido mi residencia de verano, porque la he tenido alquilada… Decido en este año mudarme a ella y que a partir de ahora sea mi residencia ¿podré deducirme por la hipoteca que pago? NO porque antes del 2013 no he tenido derecho a deducirme esa hipoteca, por tanto, ahora tampoco.
EJEMPLO 2: Estaba casado y tenía una propiedad con mi cónyuge al 50%. En 2013 nos separamos la persona que se queda en el domicilio conyugal le compra su parte de la vivienda a la que se va ¿quién se deduce la hipoteca? Únicamente el cónyuge que se queda la vivienda podrá deducirse pero por el 50% del que era titular antes del 2013. Por el otro 50% que adquiere en este ejercicio no podrá deducirse.
RIZANDO EL RIZO: Si no presenté declaración de la renta, teniendo obligación de ello, no podré deducirme por la hipoteca en años posteriores.
Sin embargo, si no presenté porque no tenía obligación, entonces si puedo practicarme la deducción.
Alicia Luna es economista en Asesoría Neo
alicia@asesorianeo.com