Aspectos básicos sobre la compra de vivienda
Aspectos básicos sobre la compra de vivienda, este es el tema elegido para esta entrada y que estamos seguros será te tu interés.
Si eres de los afortunados que está pensando en comprar una vivienda, asegúrate de hacer las cosas bien desde el principio de la operación, con el fin de evitar sustos o más propiamente dicho, responsabilidades, ya que una vez hayas puesto el inmueble a tu nombre, serás responsable del pago de determinadas deudas que la ley exige al propietario actual aun cuando fuesen contraídas por el dueño anterior.
Compra de vivienda: Recomendaciones básicas
Asegúrate que la vivienda esté libre de cargas. Solicita una nota simple en el registro de la propiedad y solicita al vendedor:
- Certificado de estar al corriente de las cuotas ordinarias y extraordinarias expedido por el presidente la comunidad de propietarios o administrador de fincas con los requisitos de la Ley de Propiedad Horizontal.
- Certificado del Ayuntamiento respecto al pago de Impuesto de Bienes Inmuebles.
- Certificado energético de la vivienda, obligatorio desde hace relativamente poco tiempo y del que debe disponer el vendedor.
- Últimas facturas de suministros para poder realizar el cambio de titularidad en las compañías suministradoras (normalmente luz, agua y gas)
No entregues al vendedor ningún tipo de “señal” o adelanto sin justificarlo documentalmente, ya sea un contrato de arras o un contrato de compraventa, y el pago mediante cheque bancario o transferencia.
Deja bien claro quien corre con los gastos (notaria, registro…) pero ten en cuenta que el pago de la plusvalía, legalmente es obligación del vendedor, por lo que trasladar el pago al comprador es acuerdo de las partes que no vincula al Ayuntamiento que en caso de impago reclamará al vendedor.
Asesórate en cuanto al valor real del Inmueble.
Debes declarar el valor real del inmueble, que no puede ser inferior al valor mínimo fiscal establecido por la Administración y que se obtiene aplicando un coeficiente al valor catastral del inmueble.
Es recomendable, aportar un certificado de tasación a la escritura de compraventa si existe diferencia entre el precio por el que hemos comprado y el valor mínimo fiscal.
En Andalucía tienes disponible un servicio de valoración de inmuebles ofrecido por la Junta de Andalucía.
En el caso de decantarte por una vivienda de obra nueva el impuesto a liquidar será el IVA.
Tras la firma de la escritura de compraventa en notaría, debes inscribirla en el Registro de la Propiedad como garantía frente a terceros sobre la titularidad del inmueble.
Para ello previamente deberás haber liquidado el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y la plusvalía.
Reflexión final
Por último, te proponemos una reflexión: la compra de la vivienda supone para la mayoría de las personas la operación más importantes de sus vidas y en la que en muchos casos asumimos el pago de hipoteca por muchos años.
Partiendo de este hecho ¿no crees que sería conveniente contar con asesoramiento profesional durante toda la operación y no correr riesgos innecesarios? La respuesta la tienes tú.
Te dejamos este enlace donde puedes calcular tu mismo el importe de la plusvalía que le corresponde a cada inmueble (sólo para Málaga capital).
Como te decíamos al comienzo, contar con asesoramiento especializado en la compraventa de la vivienda será una inversión que te ahorrará dinero y algún que otro quebradero de cabeza, haz clic en la imagen inferior si quieres contactar con nosotros.