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Medidas ahorro energético en negocios (Real Decreto-ley 14/2022)

 

 

A continuación os dejamos un resumen elaborado por nuestro colaborados I+P INGENIERÍA Y PROYECTOS, sobre las medidas de ahorro energético recientemente aprobadas que afectan específicamente a la actividad económica y profesional.

 

 

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Estas medidas se recogen en el Título V del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (BOE del 2 de agosto).

 

 

Comencemos…

 

 

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Todas las actividades económicas y profesionales. Se excluyen aquellas zonas y dependencias incluidas en hospitales, clínicas, sanatorios y residencias geriátricas siempre que tengan uso y hospitalización de 24 horas.

 

 

TEMPERATURA Y HUMEDAD

a) La temperatura del aire en los recintos calefactados no será superior a 19 grados.

b) La temperatura del aire en los recintos refrigerados no será inferior a 27 grados.

c) Las condiciones de temperatura anteriores estarán referidas al mantenimiento de una humedad relativa comprendida entre el 30 % y el 70 %.

La aplicación será desde el 9 de agosto de 2022 y hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

 

CARTELES Y PANTALLAS

Los recintos deberán informar mediante carteles informativos o el uso de pantallas:

  • Los valores límites de las temperaturas del aire
  • Información sobre temperatura y humedad
  • Apertura de puertas
  • Regímenes de revisión y mantenimiento

Dichos carteles o pantallas deberán ser claramente visibles desde la entrada y en sitios visibles y frecuentados por las personas que utilizan los recintos.

La aplicación será desde el 2 de septiembre de 2022 y hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

 

CIERRE AUTOMÁTICO DE PUERTAS

Los locales con acceso desde la calle dispondrán de un sistema automático de cierre de puertas, como por ejemplo un brazo de cierre automático.

La aplicación será desde el 30 de septiembre de 2022 y hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

 

ALUMBRADO DE ESCAPARATES

El alumbrado de escaparates de más de 1 Kw de potencia instalada deberá mantenerse apagado desde las 22 horas.

La aplicación será desde el 9 de agosto de 2022 y hasta el 1 de noviembre de 2023.

 

 

OBSERVACIONES:

La información contenida en este post ha sido extraída del Real Decreto-ley 14/2022 y resto de normas que referencia: Reglamento de instalaciones de baja tensión, Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, Código Técnico de la Edificación y Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior.

 

 

 

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