Recientemente se han publicado las «subvenciones al Trabajo autónomo 2016» en el que se aprueban varias líneas de ayudas autonómicas para trabajadores por cuenta propia o lo que es lo mismo «autónomos». Por desgracia se ha hecho en la misma línea que la Junta de Andalucía viene manteniendo, de manera que para algunas de las líneas de ayuda, el plazo empezó el 22/12/16 y finaliza el 05/01/2017, casualmente coincidiendo con las fiestas navideñas.
No obstante, en esta entrada te ofrecemos un resumen de la norma con la finalidad de informar a aquellos que puedan optar a solicitarla, ya que una de las líneas tiene un plazo mayor para la presentación de las solicitudes extendiéndose hasta el 27/01/2017
Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de las empresas de trabajo autónomo.
Línea 1. Fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo.
Plazo: del 22/12/2016 al 23/01/2017
Línea 2. Consolidación empresarial del trabajo autónomo.
Plazo: del 22/12/2016 al 05/01/2017
Línea 3. Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo.
Plazo: del 22/12/2016 al 05/01/2017
Línea 1. Fomento de la creación de empresas de trabajo autónomo
1. Fomento de las iniciativas emprendedoras de trabajo autónomo. Entrarían las altas de autónomo desde el 01/12/16.
Deben mantener de forma ininterrumpida su condición de trabajador autónomo durante 12 meses desde el 24/01/2017.
Ayuda a tanto alzado por importe de 2.000 euros.
2. Ayudas al establecimiento de las iniciativas emprendedoras. Entrarían las altas en autónomo desde el 01/09/2014
Deben mantener durante 36 meses el alta de forma ininterrumpida desde el 24/01/2017.
Ayuda a tanto alzado por importe de 8.000 euros
Línea 2. Consolidación empresarial del trabajo autónomo
1.Cooperación empresarial, apoyando la creación, implantación y desarrollo de proyectos de colaboración entre tres o más personas trabajadoras autónomas. Que sean de nueva creación, con personalidad jurídica propia, distinta de sus socios y socias
Ayuda por importe de 2.000 euros.
2.Relevo generacional de las unidades económicas de trabajo autónomo.
Ayuda por importe de 2.000 euros.
3. Ayudas al aumento de la competitividad e innovación mediante la realización de contratos en prácticas profesionales o la suscripción de acuerdos para el desarrollo de prácticas no laborales. Los contratos deberán haberse formalizado en el momento de la presentación de la solicitud y, como máximo, en los doce meses anteriores
Ayuda por importe de 3.000 euros (tiempo completo)
4. Ayudas a la competitividad, inversión en activos que desarrollen proyectos de innovación y permitan el aumento de la competitividad. Estén de alta en como autónomo de forma ininterrumpida como máximo 36 meses antes.
Ayuda por 1.000 euros
5. Ayudas de continuidad, personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo. Estén de alta en como autónomo de forma ininterrumpida más de 36 meses antes.
Ayuda por 1.000 euros
Línea 3. Creación y consolidación del empleo en empresas de trabajo autónomo
1.Apoyo a la contratación por tiempo indefinido ordinaria.
– Menores de 35 años y mayores de 45 años, inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo
– Debe suponer un incremento de la plantilla contratada con carácter indefinido respecto del mes natural anterior
– Ningún vínculo laboral anterior
– Periodo mínimo de mantenimiento del puesto creado de 24 meses
Ayuda: 3.000 euros por cada nuevo contrato a jornada completa
2. Apoyo a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos.
– Incremento de la plantilla contratada con carácter indefinido respecto del mes natural anterior
– Periodo mínimo de mantenimiento del puesto creado de 24 meses
Ayuda: 3.000 euros por cada transformación a jornada completa
3. Apoyo a la contratación de duración determinada para conciliar la vida personal, laboral y familiar en el trabajo autónomo
– Se deberán haber formalizado en el momento de la presentación de la solicitud y, como máximo, en los doce meses anteriores
Ayuda: 3.000 euros cuando la contratación sea a jornada completa por un periodo de ocho meses
Ayuda: 1.500 euros cuando la contratación sea a jornada completa por un periodo de dieciséis semanas, por cada contrato de interinidad, para sustituir a personas que se encuentren en situación de permiso por maternidad…
Podéis consultar esta y otras subvenciones en los boletines que mensualmetne vamos publicando elaborados por la empresa especializada en ayudas y subvenciones Gothica Consulting.