tramitaciones/gestoría
En diferentes momentos de nuestra vida y por diferentes circunstancias, necesitaremos hacer un trámite ante la Administración o liquidar algún impuesto.
Evita pérdidas de tiempo, dolores de cabeza y problemas futuros derivados de no hacerlo correctamente, confiando en profesionales.
Podemos encargarnos de un gran número de gestiones:
Liquidaciones de impuestos
Liquidación de impuestos estatales, autonómicos, provinciales y locales: hacienda, junta de Andalucía, ayuntamiento, patronato de recaudación (enlace a “impuestos”)
Tramitaciones de herencias
Tramitación de herencias: preparación de la documentación, te acompañamos a la firma en notaría para que quede todo resuelto, liquidación del Impuesto de Sucesiones, presentación en el registro de la propiedad, en el caso de que haya inmuebles y liquidación de la plusvalía en ayuntamiento o patronato de recaudación.
Asesoramiento y tramitación de compraventa de inmuebles
Tramitación de compraventa de inmuebles: Preparación escrituras y acompañamiento a notaría, liquidación de impuesto de transmisiones patrimoniales e inscripción en el registro de la propiedad.
Independientemente del valor que se haya pactado entre comprador y vendedor, hay que tener en cuenta que el valor a efectos de la liquidación del impuesto, deberá ser al menos el Valor de Referencia fijado por Catastro.
Tramitaciones de escrituras
Tramitación de otras escrituras: cancelación de hipoteca, declaración de herederos, extinción de condominio, …
Fianzas de alquileres
Constitución de fianzas de alquileres en la Agencia de Vivienda de la Junta de Andalucía, preparación de la documentación y presentación, así como la solicitud de la devolución una vez finalizado o resuelto el contrato.
Plusvalías Ayuntamiento de Málaga
Liquidación plusvalía en el ayuntamiento o patronato de recaudación, según el municipio. La plusvalía o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, lo calcula el ayuntamiento en base a unos parámetros como son la ubicación del inmueble y sobre todo, el tiempo transcurrido desde la anterior transmisión, valor totalmente independiente al de mercado. Hay que tener en cuenta que en caso de fallecimiento, se produce una transmisión del inmueble hacia sus herederos, lo que dará lugar a tener que liquidar este impuesto. El plazo normal es de 30 días, en el caso de fallecimiento se amplía hasta 6 meses prorrogables por 6 meses más.
Otras gestiones
Gestoría en Málaga capital y provincia, para el resto de España, consúltanos sin compromiso